FREMM advierte que las empresas que trabajen con gases fluorados deberán comunicar existencias a 1 de septiembre
La FREMM informa que todas las empresas e instaladores que trabajen con gases fluorados (CAF) deberán comunicar sus existencias a 1 de septiembre. Además, advierte que existen otras novedades en el impuesto y la regulación.
Todos los instaladores que posean CAF deberán realizar una comunicación de las existencias habidas en sus instalaciones a fecha 1 de septiembre de 2022, según la reforma introducida en una nueva normativa.
De acuerdo con esa legislación, desaparece, entre otras, la figura de revendedor, se introduce la figura de almacenista, se elimina la exención ligada a la primera carga de equipos y aparatos nuevos y, como se ha citado, todos los instaladores que posean CAF deberán realizar una comunicación de las existencias habidas en sus instalaciones a fecha 1 de septiembre de 2022.
Por otra parte, solo aquellos que puedan ser considerados almacenista, los únicos que tienen capacidad de comprar los gases con el impuesto no repercutido y que podrán diferir el pago (según el proyecto de reglamento los que tenga un volumen de ventas o entregas supere los 8.000 kilos de gases objeto del impuesto), deberán presentar además autoliquidación de impuesto de las citadas existencia, entre el 1 de septiembre y el 30 de noviembre de 2022.
La figura del “almacenista” aún no se encuentra regulada, pendiente de publicación. Una vez conocida, FREMM convocará una jornada junto a la Agencia Tributaria.
Para cualquier aclaración, tiene a su disposición a la técnico de FREMM, Mª José Aragón, a través del teléfono 968 93 15 02 y del email mjaragon@fremm.es.